viernes, septiembre 20, 2024
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Aprueban la no prescripción de delitos sexuales contra menores

La Cámara de Diputados aprobó la imprescriptibilidad de los delitos sexuales cometidos contra menores de edad.

Esta reforma al Código Penal Federal prevé destituir e inhabilitar a funcionarios públicos, incluso a ministros de culto, el mismo tiempo de la pena que se les imponga.

El dictamen plantea que la prescripción de un delito cometido contra un menor de 18 años comienza a correr a partir de que éste cumpla la mayoría de edad, excepto cuando se trate de pornografía, corrupción de menores, turismo sexual, lenocinio y pederastia, que no prescriben.

También sustituye la Ley para prevenir y sancionar la Trata de Personas, que se encuentra abrogada, por la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos.

La reforma al Código Penal Federal señala que, si quien comete el delito es “servidora o servidor público o ministra o ministro de culto religioso, además de las sanciones señaladas, se castigará con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo o comisión o cualquiera otro de carácter público o similar, hasta por un tiempo igual a la pena impuesta”.

Rosangela Peña resaltó que, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, en 2019 México ocupó el primer lugar en abuso sexual infantil, por lo cual la reforma aprobada “resulta indispensable para mejorar nuestra política criminal en la materia”.

Rocío Corona, subrayó que el Estado mexicano debe reforzar sus instituciones, atribuciones, políticas, legislación y medidas encaminadas a proteger a los menores y adolescentes de la violencia sexual.

Las víctimas, añadió, “deben disponer de todas las herramientas para un tratamiento multidisciplinario, para la reparación del daño por los estragos que derivan de estos delitos, que pueden durar toda la vida”.

Con información de La Jornada.

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