lunes, febrero 10, 2025
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Salario mínimo: Esto es lo que deberás ganar en 2025 según tu empleo

A partir del 1 de enero de 2025, el salario mínimo subirá 12%, según lo dispuesto por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami). Este ajuste beneficiará a las 61 profesiones, oficios y trabajos especiales. Te decimos cuánto ganarás según tu empleo.

El secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Baruch Bolaños López, anunció que este aumento es resultado de un acuerdo unánime entre representantes de los sectores laboral, empresarial y gubernamental, con el objetivo de mejorar el poder adquisitivo de los mexicanos.

El salario mínimo general para la mayoría de las entidades federativas subirá de 248.93 pesos diarios a 278.80 pesos diarios.

En la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), que incluye municipios colindantes con Estados Unidos, el salario mínimo será mayor, pasando de 374.89 pesos diarios a 419.88 pesos diarios.

¿Qué salario mínimo me corresponde en 2025 según mi oficio?

Para brindar a los trabajadores mexicanos una idea clara de sus ingresos a partir del 1 de enero de 2025, la Conasami dio a conocer una tabla con los salarios mínimos correspondientes a 61 profesiones, oficios y trabajos especiales en 2025.

A continuación, te mostramos la lista con los salarios mínimos para 2025, clasificados según el tipo de empleo, tal como fue publicada por la Conasami:

  1. Oficial de albañilería: 321.63 pesos
  2. Boticas, farmacias y droguería, dependiente(a) de mostrador: 284.30 pesos
  3. Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de: 336.94 pesos
  4. Cajero(a) de máquina registradora: 289.24 pesos
  5. Cantinero(a) preparador de bebidas: 295.15 pesos
  6. Carpintero(a) de obra negra: 321.63 pesos
  7. Carpintero(a) en la fabricación y reparación de muebles: 316.33 pesos
  8. Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos: 325.71 pesos
  9. Colchones, oficial en fabricación y reparación de: 298.08 pesos
  10. Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial: 315.21 pesos
  11. Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a): 300.18 pesos
  12. Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado: 292.31 pesos
  13. Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas: 288.83 pesos
  14. Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio: 296.41 pesos
  15. Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos: 302.14 pesos
  16. Chofer de camión de carga en general: 328.23 pesos
  17. Chofer de camioneta de carga en general: 318.93 pesos
  18. Chofer operador(a) de vehículos con grúa: 306.79 pesos
  19. Draga, operador(a) de: $340.04 pesos
  20. Ebanista en fabricación y reparación de muebles: 320.89 pesos
  21. Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial: 315.21 pesos
  22. Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial: 318.26 pesos
  23. Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial: 306.79 pesos
  24. Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tienda de autoservicio: 283.47 pesos
  25. Encargado(a) de bodega y/o almacén: 293.59 pesos
  26. Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) en: 299.45 pesos
  27. Fogonero(a) de calderas de vapor: 309.04 pesos
  28. Gasolinero(a), oficial: 288.83 pesos
  29. Herrería, oficial de: 311.14 pesos
  30. Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial: 316.33 pesos
  31. Jornalero(a) agrícola y/o trabajador(a) del campo: 315.19 pesos
  32. Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor: 291.00 pesos
  33. Manejador(a) en granja avícola: 280.40 pesos
  34. Maquinaria agrícola, operador(a) de: 323.22 pesos
  35. Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de: 309.04 pesos
  36. Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial: 332.17 pesos
  37. Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial: 292.31 pesos
  38. Peluquero(a) y cultor(a) de belleza: 302.14 pesos
  39. Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial: 311.14 pesos
  40. Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial: 309.04 pesos
  41. Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavandería y establecimientos similares: 289.24 pesos
  42. Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial: 309.59 pesos
  43. Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial: 320.89 pesos
  44. Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje: 283.47 pesos
  45. Refaccionaria de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en: 293.59 pesos
  46. Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial: 305.63 pesos
  47. Reportero(a) en prensa diaria impresa: 624.30 pesos
  48. Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa: 624.30 pesos
  49. Repostero(a) o pastelero(a): 321.63 pesos
  50. Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de: 323.22 pesos
  51. Secretario(a) auxiliar: 331.50 pesos
  52. Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico: 318.26 pesos
  53. Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador: 302.14 pesos
  54. Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial: 306.79 pesos
  55. Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial: 306.79 pesos
  56. Trabajador(a) del hogar: 303.07 pesos
  57. Trabajador(a) social, técnico(a) en: 359.13 pesos
  58. Vaquero(a) ordeñador a máquina: 283.47 pesos
  59. Velador(a): 288.83 pesos
  60. Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico: 296.41 pesos
  61. Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial: 292.31 pesos

Excelsior

 

 

Denisse Espino
Denisse Espino
Siempre perfecta nunca imperfecta
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