A partir del 1 de enero de 2025, el salario mínimo subirá 12%, según lo dispuesto por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami). Este ajuste beneficiará a las 61 profesiones, oficios y trabajos especiales. Te decimos cuánto ganarás según tu empleo.
El secretario del Trabajo y Previsión Social, Marath Baruch Bolaños López, anunció que este aumento es resultado de un acuerdo unánime entre representantes de los sectores laboral, empresarial y gubernamental, con el objetivo de mejorar el poder adquisitivo de los mexicanos.
El salario mínimo general para la mayoría de las entidades federativas subirá de 248.93 pesos diarios a 278.80 pesos diarios.
En la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN), que incluye municipios colindantes con Estados Unidos, el salario mínimo será mayor, pasando de 374.89 pesos diarios a 419.88 pesos diarios.
¿Qué salario mínimo me corresponde en 2025 según mi oficio?
Para brindar a los trabajadores mexicanos una idea clara de sus ingresos a partir del 1 de enero de 2025, la Conasami dio a conocer una tabla con los salarios mínimos correspondientes a 61 profesiones, oficios y trabajos especiales en 2025.
A continuación, te mostramos la lista con los salarios mínimos para 2025, clasificados según el tipo de empleo, tal como fue publicada por la Conasami:
- Oficial de albañilería: 321.63 pesos
- Boticas, farmacias y droguería, dependiente(a) de mostrador: 284.30 pesos
- Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de: 336.94 pesos
- Cajero(a) de máquina registradora: 289.24 pesos
- Cantinero(a) preparador de bebidas: 295.15 pesos
- Carpintero(a) de obra negra: 321.63 pesos
- Carpintero(a) en la fabricación y reparación de muebles: 316.33 pesos
- Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos: 325.71 pesos
- Colchones, oficial en fabricación y reparación de: 298.08 pesos
- Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial: 315.21 pesos
- Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a): 300.18 pesos
- Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado: 292.31 pesos
- Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas: 288.83 pesos
- Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio: 296.41 pesos
- Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos: 302.14 pesos
- Chofer de camión de carga en general: 328.23 pesos
- Chofer de camioneta de carga en general: 318.93 pesos
- Chofer operador(a) de vehículos con grúa: 306.79 pesos
- Draga, operador(a) de: $340.04 pesos
- Ebanista en fabricación y reparación de muebles: 320.89 pesos
- Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial: 315.21 pesos
- Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial: 318.26 pesos
- Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial: 306.79 pesos
- Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tienda de autoservicio: 283.47 pesos
- Encargado(a) de bodega y/o almacén: 293.59 pesos
- Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) en: 299.45 pesos
- Fogonero(a) de calderas de vapor: 309.04 pesos
- Gasolinero(a), oficial: 288.83 pesos
- Herrería, oficial de: 311.14 pesos
- Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial: 316.33 pesos
- Jornalero(a) agrícola y/o trabajador(a) del campo: 315.19 pesos
- Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor: 291.00 pesos
- Manejador(a) en granja avícola: 280.40 pesos
- Maquinaria agrícola, operador(a) de: 323.22 pesos
- Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de: 309.04 pesos
- Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial: 332.17 pesos
- Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial: 292.31 pesos
- Peluquero(a) y cultor(a) de belleza: 302.14 pesos
- Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial: 311.14 pesos
- Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial: 309.04 pesos
- Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavandería y establecimientos similares: 289.24 pesos
- Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial: 309.59 pesos
- Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial: 320.89 pesos
- Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje: 283.47 pesos
- Refaccionaria de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en: 293.59 pesos
- Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial: 305.63 pesos
- Reportero(a) en prensa diaria impresa: 624.30 pesos
- Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa: 624.30 pesos
- Repostero(a) o pastelero(a): 321.63 pesos
- Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de: 323.22 pesos
- Secretario(a) auxiliar: 331.50 pesos
- Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico: 318.26 pesos
- Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador: 302.14 pesos
- Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial: 306.79 pesos
- Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial: 306.79 pesos
- Trabajador(a) del hogar: 303.07 pesos
- Trabajador(a) social, técnico(a) en: 359.13 pesos
- Vaquero(a) ordeñador a máquina: 283.47 pesos
- Velador(a): 288.83 pesos
- Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico: 296.41 pesos
- Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial: 292.31 pesos
Excelsior