El decreto de Área Natural Protegida, otorgado a la zona de Peña Colorada, no retira la propiedad de estos terrenos a los ejidatarios que los han tenido por generaciones, pero sí regula sus tipos de uso y mantenimiento, detalló el titular de la Comisión Nacional de Áreas Naturales, Adán Peña Fuentes.
Explicó que este documento no tiene ningún fin expropiatorio, sino que protege el área bajo los principios de preservación ecológica, los cuales prohíben actividades como el desarrollo inmobiliario, minería y otros fines que puedan afectar dicho espacio.
El comisionado precisó que en esta zona se recargan al menos 3 de los 5 mantos acuíferos que abastecen de agua potable a la zona metropolitana, por lo que es necesario mantener el estado del suelo para conseguir la captación natural de agua de lluvia.
Aunado a lo anterior, los ejidatarios mantienen su derecho de propiedad y de realizar operaciones de compra venta de sus terrenos, siempre y cuando su uso final no sea para fines inmobiliarios.
Algunas actividades que se promueven para este tipo de áreas, las cuales permiten su aprovechamiento para los propietarios, son: infraestructura de uso público, ecoturismo o exploración para arqueología.
Finalmente, detalló que este decreto ya incluye el pago por servicios ambientales a los ejidatarios, lo que se traduce en hasta 5 mil pesos anuales por hectárea, aunque afirmó que buscarán promover mayor inversión pública en esta área y generar proyectos sustentables.
Por Alan García