sábado, noviembre 23, 2024
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Intervención de llamadas, sólo si un juez lo ordena

Se ha invalidó que militares intercepten comunicaciones sin la  autorización previa de un Juez de Control del Fuero Civil.

Con el voto decisivo de Alberto Pérez Dayán, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, avaló el proyecto del Luis María Aguilar Morales, el cual considera que los controles para esta técnica de investigación contenidos en el Código Militar de Procedimientos Penales no son suficientes ni claros.

«Sólo se menciona la causa por la que puede ejercerse, pero no se especifica ni la materia ni sobre quién o quiénes puede llevarse a cabo, lo cual puede tener como consecuencia el uso arbitrario por parte de la autoridad ministerial”, indicó.

Los efectos de la resolución serán validos desde el 17 de mayo de 2016, cuando entró en vigor la reforma al Código Militar, por tratarse de un asunto penal.

Por lo que los juicios basados en pruebas obtenidas mediante la intervención de comunicaciones sin autorización judicial serán invalidados.

A todo esto el ministro Luis María Aguilar, cita que el espionaje causa incertidumbre sobre cuál es el límite de esta atribución y que puede tener un uso arbitrario

Comentó que aunque la reglamentación de justicia militar impugnada establecía algunos controles para esta técnica de investigación que no fueron suficientes ni claras.

«Lejos de generar certeza, causa incertidumbre en relación con cuál es el límite de esta atribución, dado que sólo se menciona la causa por la que puede ejercerse, pero no se especifica ni la materia ni sobre quién o quiénes puede llevarse a cabo, lo cual puede tener como consecuencia el uso arbitrario por parte de la autoridad ministerial al poder realizarla, no sólo respecto de personal militar sujeto a una investigación, sino sobre personas ajenas al fuero castrense”, resolvió Aguilar.

La votación del pleno de la Corte invalidó los artículos 291, 295, 296 y 81 Bis fracción VII, del CMPP.

Los artículos abordaban que durante la práctica de una intervención se tuviera conocimiento de la comisión de un delito diverso de aquellos que motivan la medida, se hará constar esta circunstancia en el registro para dar inicio a una nueva investigación.

Con información de Excélsior.

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