La iniciativa de ley fue enviada por el Poder Ejecutivo del estado el pasado 11 de mayo, y la Comisión Permanente la turnó a la Comisión de Educación para su estudio.
El gobernador de Puebla, Miguel Barbosa, dio a conocer que publicará un decreto en el Periódico Oficial del estado.
«Hago un exhorto y sacaré un decreto para los propietarios de escuelas privadas a que se solidaricen con los padres de familia que pagan una colegiatura en este momento que la actividad económica se disminuyó que no hay funciones educativas, vamos hacer un documento equilibrado de solidaridad en esta actividad”, señaló Barbosa al Periódico Central.
¿QUÉ CONTIENE ESTA LEY?
EN EL ARTÍCULO 86 SE PROHÍBE…
- Distribuir y comercializar alimentos chatarra, por no favorecer la salud de los educandos, así como las bebidas energizantes.
EN TANTO, EL ARTÍCULO 105 PROPONE:
- Los inmuebles de los planteles destinados a la educación de las autoridades estatales, municipales y de particulares formarán parte del Sistema Educativo Estatal.
Ante la polémica desatada, el gobernador usó su cuenta de Twitter para responder.
«Llamo al autodenominado #ConsorcioUniversitario de #Puebla, a que mire por la educación y no por sus intereses económicos, las cosas en Puebla ya cambiaron y no volverán a ser como antes, cuando recibían canonjías de los gobiernos”, destacó.
Y puntualizó:
«Esta misma previsión por obligación, quedó establecida en la Ley de Educación Estatal en su artículo 105. Su alcance nada tiene que ver con apropiarse de dichos bienes muebles e inmuebles, sino de que los mismos sirvan para los fines educativos a que son destinados”.
El Artículo 148 establece que se impondrán multas que van de los 8 mil 688 a los 86 mil 880 pesos a las escuelas privadas que condicionen la educación a …
- La adquisición de uniformes
- La compra de material educativo y actividades extraescolares
- Expulsar, segregar o negar la educación a personas con discapacidad, o que presenten problemas de aprendizaje.
- La nueva normativa establece multas de hasta 608 mil 160 pesos para las escuelas privadas que…
- Retener documentos personales o académicos por falta de pago.
- Difundir datos personales sin el consentimiento del tutor.
- Cambiar de domicilio sin autorización previa de las autoridades.
Excelsior