El Tribunal Constitucional de España anuló definitivamente la ley por la que el gobierno de Cataluña convocó al referéndum independentista del 1 de octubre, recordando que la región no tiene el derecho a la autodeterminación.
La corte informó en un comunicado que “declaró la inconstitucionalidad y nulidad de la totalidad de la Ley de Cataluña 19/2017, del 6 de septiembre, denominada ‘del referéndum de autodeterminación’, suspendida cautelarmente el 7 de septiembre”.
La sentencia del Tribunal también reprocha al Parlamento catalán haber dejado a los ciudadanos “a merced de un poder que dice no reconocer límite alguno” y, por tanto, es arbitrario.
En el fallo, el Tribunal espeta además al Legislativo catalán que “un poder que niega expresamente el derecho, se niega a sí mismo como autoridad merecedora de acatamiento”.
La ley por la que se convocó el referéndum fue suspendida al día siguiente de ser votada por el Parlamento catalán, en una caótica sesión que fue calificada por diputados unionistas como “golpe de Estado” de la mayoría independentista.
Sin embargo, el gobierno local insistió en realizarlo el 1 de octubre, pese a los esfuerzos de Madrid y de la justicia por impedirlo, y estuvo marcado por la violencia policial.
La consulta, que no contó con las garantías electorales habituales, fue ganada por el sí a la independencia con 90% de los votos y 43% de participación, es decir, 2.2 millones de los 5.3 millones de personas habilitadas para votar.
El gobierno central insiste en que las autoridades catalanas están en la “ilegalidad” y amenazan con suspender, en parte o en su totalidad, la autonomía de Cataluña.
Desde 2014, la justicia española ha anulado sistemáticamente las decisiones y resoluciones del Ejecutivo y del Parlamento de Cataluña destinadas a la organización de un referéndum de autodeterminación.
Excelsior
AP