El Servicio de Administración Tributaria ha incrementado el número de multas por impago de impuestos desde el inicio de la pandemia, a pesar de que muchas tienen la posibilidad de ser impugnadas por carecer de fundamentos, explicó el presidente de la Asociación de Fiscalistas del Estado de Querétaro, Carlos Mejía Cruz.
Apuntó que, al inicio de la pandemia y por la crisis sanitaria que le acompañó, las solicitudes tanto de personas físicas como morales eran para que existiera mayor flexibilidad por parte de la autoridad en el cobro de los impuestos, sin embargo, reconoció que no existe fundamento legal para que el SAT tenga este tipo de consideraciones.
Mejía Cruz reiteró que la obligación de las autoridades fiscales es de garantizar la recaudación por todos los medios que tiene disponibles, por lo que sólo un cambio en la ley del Servicio de Administración Tributaria o en el Código Fiscal podría dar mayores consideraciones en casos como adeudos o retrasos.
De las impugnaciones presentadas, las cuales dieron paso a un juicio, aproximadamente el 60% son referentes a multas por retraso de pago, de las cuales varias han llegado a convenios para que los contribuyentes puedan ponerse al corriente y evitar sanciones mayores.
Alan García