Ante la posible reforma al Código Penal del Estado de Querétaro para tipificar el delito de «Homicidio Vial«, se debe tomar en cuenta el factor administrativo que actualmente sigue vigente para personas que son detenidas por manejar bajo los efectos del alcohol, esto para evitar malas prácticas en el ejercicio jurídico, apuntó la presidenta del Colegio de Abogados Litigantes de Querétaro Mayela Portos Hernández.
Señaló que es necesaria la participación y colaboración de la sociedad civil en este tipo de reformas jurídicas, así como considerar factores como el accionar de las dependencias de seguridad que ya aplican programas netamente de corte administrativo pero que arrojan evidencias sobre el estado de conductores, como el caso del alcoholímetro.
Recordó que en el derecho penal existen los homicidios dolosos y culposos, siendo estos segundos los que se atribuyen a un hecho no intencionado. Si bien es verdad que no existe el Homicidio Vial en el apartado de culpabilidad, sí existe el factor de eventualidad, en el que un acusado es sometido a juicio bajo su conocimiento de riesgo al cometer un homicidio.
Portos Hernández consideró que, si se concreta la reforma, obligaría al litigio penal a analizar cada caso posible de manera específica y no estandarizada, sobre todo por la necesidad de probar de manera objetiva la culpa del implicado, situación que no siempre podría resultar favorable para la parte denunciante.
Recalcó que si el objetivo es erradicar los incidentes viales que generen la perdida de una vida humana, relacionados con la ingesta de alcohol, una reforma de tipo penal debe ir acompañada de un fuerte trabajo preventivo, siendo esta la mejor estrategia para reducir los casos.
Alan García