El INE rechazó cancelar 26 candidaturas judiciales y exhibió que con su solicitud, los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados pretenden que la autoridad electoral resuelva las omisiones de las responsabilidades legales que eran exclusivas de los Comités de Evaluación, llevándola a «extremos» fuera de la ley, después de «una legislación con deficiencias» y de dejar la selección de candidaturas en manos de personas sin experiencia electoral.
Además, dejaron claro que Gerardo Fernández Noroña y Sergio Gutiérrez Luna no tienen facultad alguna para cuestionar la elegibilidad de candidaturas judiciales ni de hacer peticiones para cancelar registros en plenas campañas, pues con esto, además, generan inequidad en la contienda.
Declaran improcedente solicitud de Gutiérrez Luna y Noroña
Por unanimidad de votos, el Consejo General determinó que era improcedente la solicitud que hicieron los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados para cancelar 26 candidaturas presuntamente por no tener buena reputación o por incumplir el requisito legal de promedio mínimo en sus estudios profesionales.
La consejero Jorge Montaño, presidente de la Comisión de Seguimiento de la elección judicial, recordó que «ni la reforma constitucional ni la convocatoria del Senado de la República, otorgaron facultades o participación alguna a esta autoridad electoral en el proceso de selección de reforma , sino que dicha actividad estuvo a cargo de tres distintos comités de evaluación».
Por lo la responsabilidad fue de esos comités, que «tuvieron la oportunidad de evaluar el cumplimiento de cada uno de los requisitos previstos en la legislación y en la convocatoria respectiva», y «por tanto, pretender llevar a cabo una revisión de los requisitos de elegibilidad e idoneidad de las personas ahora candidatas, implicaría una invasión de competencias».
Presidentes de Senado y San Lázaro, sin facultad para cancelación de candidaturas: consejera
La consejera Dania Ravel sostuvo que primero, la ley deja claro que «los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados no tienen atribución de solicitar cancelación de candidaturas», además, de que es específica en que el presidente del Senado tiene impedimentos expresos para opinar sobre la elegibilidad de las candidaturas, pues debe limitarse a entregar la lista oficial al INE.
«La ley señala que el Senado no puede pronunciarse sobre la elegibilidad de las candidaturas sino que debe limitarse a remitir. De hecho, el Senado tiene impedimento expreso».
Por lo que recalcó que la pretensión es que sea el INE quien corrija errores que le correspondían a otras autoridades.
«Pretenden poner al instituto en una posición en la que tiene que hacerse cargo de situaciones que no le corresponden, estamos ante la omisión de cumplimiento que tenían estos Comités de Evaluación.
«Me preocupa querer corregir una omisión o al menos, una falta de cuidado de una etapa en el que era válido hacer una evaluación discrecional; esto afecta derechos humanos y nos lleva a recordar que muchas personas juzgadoras advirtieron que no se estaba haciendo una correcta evaluación y ahora vemos que tenían razón».
La consejera Carla Humphrey acusó que estos errores son producto de una legislación con deficiencias y de que en la validación de candidaturas se haya excluido al INE para dejar ese proceso en manos de personas que no son expertas en materia electoral.
«Con la puesta en marcha de las diversas etapas, se han evidenciado una serie de cuestiones que no fueron previstas por el poder reformador de nuestra Carta Magna y dichas faltas han tenido que solventarse a través de los acuerdos y criterios que hemos tenido que tomar en este Consejo General semana tras semana».
El consejero Castillo se sumó a las críticas y dejó claro que eran los comités de evaluación los que tenían la responsabilidad directa, clara e invariable de revisar correctamente los perfiles, y dejó claro que el INE no puede ahora, incumplir con sus limitantes y responsabilidades.
«Sé que estamos en una época en la que prohibido y permitido no tiene mucha diferencia, y superior e inferior tampoco está muy claro, y que la ley se interpreta con mucha flexibilidad, pero vayamos a la ley».
También el consejero Uuc-kib Espadas no dejó pasar «los problemas legislativos que el INE ha tenido que ir resolviendo» y destacó «mi preocupación por los extremos con los que se le exige al INE actuar cuando son procesos previos y que tenía responsabilidad otras autoridades del Estado mexicano».
La consejera presidenta, Guadalupe Taddei, cerró la primera ronda de debate reiterando que el INE cumplirá su deber de garantizar que las personas a las que les entregará constancias de mayoría si son elegibles, por lo que ese proceso vendrá hasta que concluyan los cómputos distritales y se tengan ganadoras.
«Es un tema que nos debe ocupar pero no preocupar. El INE cumplirá la revisión de elegibilidad pero en el momento legal, no antes ni después.
«Creo firmemente que realizar juicios de valor o en contra de algunas candidaturas, podría incidir de manera perjudicial en el proceso y ese no es el papel de este instituto. Este acuerdo no prejuzga, pero garantiza que quien participe y gane este proceso lo hará cumpliendo con los principios rectores».
Senado deberá presentar pruebas contra candidaturas
El acuerdo del INE también incluye solicitar al Senado que entregue los expedientes de todas las candidaturas y pruebas de las acusaciones que exponen en sus escritos, como que no tienen buena reputación o incluso, que tendrían vínculos con el crimen organizado u otros delitos.
Sobre las acusaciones de que hay un grupo de candidaturas que ni siquiera cumplen el requisito legal de tener un promedio de ocho, las consejerías insistieron en que esto es responsabilidad de los comités.
Por lo que expusieron que los comités debieron recibir los certificados de estudios para probar el promedio, y si así lo hicieron, entonces esto implicaría documentos apócrifos que conllevarían denuncias, lo que el Senado también tiene obligación de demostrar.
Con información de Milenio.