viernes, enero 24, 2025
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INE aprueba catálogo de infracciones para aspirantes

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que las instituciones públicas a cargo de programas sociales no podrán realizar eventos relacionados con la elección de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Además de que sus funcionarios como los «servidores de la nación» no podrán moderar foros en el marco de ese proceso electoral sin precedente.

Se prohíbe contratar espacios publicitarios

Según el catálogo de infracciones del proceso electoral del Poder Judicial de la Federación, aprobado en el INE, los aspirantes y candidatos en las elecciones judiciales tienen prohibido contratar espacios en radio, televisión o espacios físicos para promocionarse.

Tampoco tienen derecho a pagar por encuestas o sondeos de opinión, ni de difundir propaganda electoral que haga “referencias inequívocas” de identidad a un partido o fuerza política.

El organismo autónomo elaboró una lista de infracciones a las que se exponen los diversos actores del proceso electoral que redefinirá los cargos de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN): hay 17 infracciones para aspirantes y candidatos, 5 para los partidos políticos, 7 para servidores públicos y 6 para la ciudadanía en general, incluyendo los medios de comunicación.

De acuerdo con el catálogo de infracciones, los aspirantes y candidatos incurrirían en una infracción en caso de realizar “actos de campaña antes del periodo establecido”, utilizar la calumnia, o contratar “por sí o por interpósita persona” espacios en medios o sondeos de opinión.

Los partidos políticos también tienen prohibido contratar sondeos y espacios en medios, así como realizar actos de proselitismo a favor o en contra de una candidatura, o entregar cualquier tipo de beneficio para inclinar las preferencias hacia una persona.

Sin sorpresa, el catálogo de infracciones estipula que los servidores públicos no pueden realizar actos de proselitismo –a favor o en contra de alguien—ni utilizar recursos del erario con fines de promoción relacionados con los procesos de elección. El aparato burocrático tampoco podrá ser acarreado en “actos proselitistas en días y horas laborales”.

La ciudadanía en general, que incluye los medios de comunicación, caerían en infracción en caso de publicar encuestas tres días previos a la elección, realizar sondeos sin presentar un informe sobre los recursos aplicados en su realización, organizar foros de debate “en condiciones de inequidad” o “participar como observador electoral siendo militante o representante de algún partido político”.

Con información de Proceso.

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