El expresidente peruano Pedro Castillo (2021-2022) solicitó este viernes a un juzgado constitucional de su país que anule su destitución por el Congreso y ordene su restitución inmediata en la jefatura del Estado, que ocupa desde el pasado 7 de diciembre la mandataria Dina Boluarte.
Los argumentos de una acción de amparo presentada por Castillo Terrones, quien cumple prisión preventiva por su fallido golpe de Estado, fueron expuestos por el abogado Guillermo Olivera ante la Tercera Sala Constitucional de Lima.
Olivera señaló que se produjo una “violación al debido proceso y al derecho constitucional” cuando el Congreso declaró la “permanente incapacidad moral” de Castillo y su consiguiente destitución “en una sesión convocada de forma antirreglamentaria e inconstitucional”.
Según el letrado, cuando Castillo anunció el 7 de diciembre el cierre del Congreso y que iba a gobernar por decreto e intervenir en la Judicatura, solo leyó “un mensaje a la nación y nada más”.
«Lo único que alzó fue el papel que leyó y una lectura modesta no es un acto ejecutivo de alzamiento en armas”, sostuvo.
En su argumentación, Olivera dijo que la destitución fue aprobada con 101 votos de legisladores, y no por los 104 mínimos que indica la ley, por lo que acusó a la junta directiva del Congreso de haber “creado un procedimiento que es parte de una farsa”.
El abogado se dirigió a los miembros de la sala constitucional para también decirles que “de oficio deben anular todos los juicios penales” abiertos contra el exgobernante, en referencia a las investigaciones que se le siguen por rebelión y conspiración, así como por ser el presunto líder de una organización criminal al interior del Ejecutivo.
En su réplica, el procurador del Congreso, Javier Ramos, señaló que el tribunal debe tener en cuenta que “ya ha operado la sucesión constitucional” y actualmente gobierna Boluarte, por lo que “existe sustracción de la materia”.
Pidió, además, que declare la improcedencia de la acción de amparo porque esta también “busca que la Justicia constitucional interfiera hasta en dos procesos penales que ya existen contra el señor Castillo”.
Ramos afirmó, además, que el Tribunal Constitucional ya ha establecido que “la disolución del Congreso de la República ocurre mediante un acto, no mediante una norma” y que, por ese motivo, el mensaje de Castillo “debe ser considerado como el acto de disolución del Congreso”.
Acusó al exmandatario de haberse puesto “al margen de la Constitución” y defendió que la actuación del Congreso “estuvo de acuerdo” con la urgencia de respuesta ante una acción de ese tipo.
«Para dar un golpe de Estado ya no se necesita la fuerza (…) los golpes de Estado han cambiado en su estructura y su ejecución, y frente a ese golpe de Estado el Congreso de la República tenía que actuar”, remarcó.
Tras escuchar las réplicas de las partes y varias preguntas de los integrantes de la sala al abogado demandante, el presidente del tribunal, Fernando Paredes, denegó conceder la palabra a Castillo por haber cerrado ya la audiencia e informó que la resolución se emitirá en el plazo que establece la ley peruana.
Con información de Excélsior