Con una mayoría calificada de ocho votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de las reformas a la constitución del estado de Veracruz, para que las personas con hijos nacidos en la entidad pudieran contender a la gubernatura de la entidad, conocida como Ley Nahle.
La reforma promovida por la diputada local del Morena, Magaly Armenta Oliveros, modificó la fracción III, del artículo 11 de la constitución veracruzana, lo que daba la posibilidad de ser gobernadora a la actual secretaria de Energía, Rocío Nahle, originaria de Zacatecas, pero con hijos nacidos en Veracruz.
Las acciones de inconstitucionalidad 125/2022 y sus acumuladas 127 y 128/2022, fueron promovidas por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), así como por el Comité Ejecutivo Estatal del PRD en la entidad y publicado en la Gaceta Oficial estatal de 11 de agosto de 2022, mediante el Decreto 240.
El proyecto elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena estaba por aprobar la validez de las reformas, al considerar que la reforma no afectaba lo establecido en el Artículo 116 de la Constitución mexicana, en donde se establecen los requisitos para contender a la gubernaturas.
Sin embargo, durante la discusión se advirtió que las modificaciones aprobadas por el Congreso veracruzano eras contrarias a la norma federal, en donde se establece que “solo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él,”
La ministra presidenta de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández, planteó que el término “nativo” no puede ser desvinculado del nacimiento.
Excelsior