viernes, noviembre 22, 2024
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Cobrarán impuestos a YouTubers

La propuesta fue presentada por el grupo parlamentario de Morena en la Comisión Permanente, busca reformar y adicionar al artículo 32 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor 

La generación de contenidos en redes sociales ha demostrado ser una fuente de negocio especialmente lucrativa en México y el mundo. Así día a día vemos el nacimiento de nuevos youtubers, videobloggers e influencers que buscan quedarse con una parte del pastel.

Una encuesta publicada por Morning Consult reveló que el 86 por ciento de los jóvenes entre 13 y 38 años en Latinoamérica están ansiosos por ser creadores de contenido a tiempo completo.

Lo cierto es que hablamos de una labor que por años ha intentado regularse y que ahora en México podría comenzar a tener implicaciones fiscales.

Y es que se acaba de presentar una iniciativa de ley para que youtubers, videobloggers e influencers, comiencen a pagar impuestos cuando los contenidos que difundan estén relacionados con prácticas de lucro.

Dicha propuesta, presentada por el grupo parlamentario de Morena en la Comisión Permanente, busca reformar y adicionar al artículo 32 BIS de la Ley Federal de Protección al Consumidor nuevas condiciones para entregar mayor claridad cuando un usuario puede ser considerado como prestador de audiovisuales así como para regular la publicidad engañosa en redes sociales.

De esta manera, la reforma de ley exigiría que youtubers, videobloggers e influencers paguen impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando sean remunerados por la difusión de creación de contenido desde sus perfiles personales.
También estarán sujetos a esta condición aquellos que reciben pagos por medio de las diferentes plataformas por alcanzar una cantidad considerable de vistas o seguidores.

De aprobarse esta reforma de ley, youtubers, videobloggers e influencers con condición de «monetizables» deberán de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes como trabajadores de servicios profesionales.

Adicional, se indica que las plataformas tecnológicas que se utilizan para difundir estos contenidos deberán retener un porcentaje del Impuesto sobre la Renta (ISR) sobre los ingresos que youtubers, videobloggers e influencers generan, así como una parte correspondiente al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

De manera puntual la iniciativa indica que los creadores de contenido deberán pagar impuestos en los siguientes casos:

Cuando compartan en redes sociales el proceso de desempaquetar o revelar productos, servicios o experiencias que ofrezca la marca o anunciante.
Cuando realicen sorteos entre sus seguidores que involucren productos, servicios o marcas de anunciantes.
Cuando muestren con relevancia, describan o etiqueten una marca en fotos subidas a las redes sociales por los anunciadores.
Cuando suban a las redes sociales imágenes en video dentro de las cuales se exalte la presencia de una marca o se le etiquete.

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