Será la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que por primera vez se pronuncie, el próximo 4 de julio, sobre la forma en que se pueden adquirir en territorio nacional y de forma legal semillas de cannabis para su uso recreativo.
Un proyecto de sentencia, elaborado por el ministro Fernando Franco expone que las facilidades contenidas en la Ley General de Salud para adquirir semillas de mariguana y usarlas con fines médicos, también pueden beneficiar a quienes buscan su utilización lúdica.
«Si bien la ley prevé que la autorización exclusivamente será otorgada a droguerías y establecimientos destinados a la producción de medicamentos autorizados, nada impide que dentro de esos sujetos autorizados se considere a los quejosos con el objeto de proteger efectivamente el ejercicio de su derecho humano al libre desarrollo de la personalidad».
Además, se explica que la adquisición o traspaso de semillas por medio del permiso especial o la autorización para importarlas tiene que prever las cantidades suficientes para que los quejosos puedan ejercer su derecho al libre desarrollo de la personalidad mediante las actividades que reclamaron como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar mariguana en cualquiera de sus especies.
Fuente: Excélsior