miércoles, julio 23, 2025
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Votos a favor de Zavala serán contados como nulos: TEPJF

Los votos que marquen los ciudadanos en el recuadro de Margarita Zavala deberán ser tomados como nulos y no para candidatos no registrados, como lo había ordenado el INE, según dictaminó este lunes el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En adición se contará como válido el voto que esté marcado para Margarita y cuando el ciudadano haya marcado a otro candidato con registro. Este voto será válido para el candidato con registro.

Los magistrados consideraron que el INE, de manera incorrecta, la consideró “candidata no registrada”, pero explicaron que el hecho de que aparezca en la boleta solo fue por la imposibilidad de reimprimir los 93 millones de boletas que ya se habían producido luego de la renuncia de la excandidata independiente.

Por lo tanto, dice la sentencia, el recuadro con el nombre de Margarita Zavala debe considerarse como un espacio en blanco.

De esta manera, si el elector vota sólo por Margarita Zavala, el sufragio será nulo; en cambio, si el electora vota por Zavala y algún candidato registrado, el voto contará para el último.

No se trata de invisibilizar el voto a favor de esta candidata, sino de establecer un sistema de darle vida y una utilización y un sentido al sufragio expresado por los ciudadanos en la jornada electoral, insistiendo que esta es una situación excepcional.

VÁLIDO ESCRIBIR APODOS O SIGLAS DE CANDIDATOS

En otro asunto el Tribunal decidió que las ciudadanas y los ciudadanos podrán utilizar apodos y siglas para marcar en las boletas electorales (en las que aparece con apodo Jaime Rodríguez Calderón, El Bronco) al candidato de su preferencia, en toda la papeleta o en algún lugar de la misma…

Por lo tanto, serán válidos las boletas que estén marcadas con apodos o siglas como AMLO, AMLOVE, MEADE, ANAYA, EL BRONCO, entre otros.

Este asunto fue impugnado por PRI, Verde, Panal, PAN, PRD y Movimiento Ciudadano, y lo aprobaron por unanimidad, los seis magistrados presentes…

Además en el caso de que el elector escriba en cualquier parte de la boleta el nombre, sobrenombre, apodo, siglas o abreviaturas de alguno de los candidatos, se considere como voto válido a favor del candidato y en caso de no haber señalado un partido político especifico, se contará para la coalición.

El magistrado Felipe de la Mata quien propuso que la validez del sufragio radica en la intención del elector, por lo que debe considerarse voto válido cuando el elector, en cualquier parte de la boleta, escriba el nombre, sobrenombre, apodo, siglas o abreviaturas de alguno de los candidatos, aun y cuando cruce una parte o la totalidad de la boleta y que no quede duda que se refiere a un candidato.

 

Fuente: Excélsior.

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