jueves, marzo 28, 2024
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Reprueba Condusef a Sociedades de Ahorro Popular en transparencia

Las entidades financieras del sector Ahorro y Crédito Popular obtuvieron una calificación reprobatoria de 3.0 en la segunda supervisión de 2016 en materia de transparencia del producto “crédito en cuenta corriente (línea de crédito)”, informó la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef)

En esta evaluación se consideraron siete Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (Socap) y tres Sociedades Financieras Populares (Sofipo).

En el caso de la supervisión de cinco Socap, sólo dos aprobaron: Caja Popular Cristóbal Colón con 10.0 después de reprobar con 4.3 en la primera evaluación; y Caja Popular Mexicana con 7.3 después de obtener 2.9 en la primera revisión. De esta forma, la calificación promedio de las cinco Socap supervisadas mejoró al pasar de 2.4 en la primera revisión a 4.9 en la segunda.

Sobre el cumplimiento normativo de las entidades financieras supervisadas, el organismo apuntó que si bien las principales observaciones pasaron de 383 a 130 entre la primera y segunda revisión, aún son relevantes, lo que conlleva la aplicación de diversas sanciones económicas.

Informó que de la primera revisión se iniciaron 10 procesos de sanción a las entidades financieras por distintas causas, como utilizar contratos, estados de cuenta y publicidad que incumplen la norma, así como no realizar los cambios ordenados, situación que podría ser similar en esta segunda evaluación.

La Condusef señaló que si bien el promedio de calificación de las Sofipo y Socap mejoró en esta segunda supervisión, los resultados en general, continuaron siendo negativos, con un calificación final promedio de 3.0, desde el 1.65 de la evaluación previa.  Para el caso de las Sofipo, en ambas supervisiones ninguna entidad obtuvo calificación aprobatoria, por lo que el promedio de calificación en el sector pasó de 0.9 a 1.0.

El organismo también informó que a dos Socap no fue posible realizarles la evaluación porque dejaron de ofrecer el producto o bien no hubo contratación de crédito dentro del período solicitado. Mientras que una Sofipo dejó de colocar el producto, por lo que sólo cumplieron con todo el procedimiento siete entidades, aprobando únicamente dos de ellas, añadió al dar a conocer los resultados de esta segunda evaluación.

Precisó que el crédito en cuenta corriente o línea de crédito es otorgado por una institución financiera, con un monto límite para ser usado en cualquier momento y debe ser cubierto en los plazos que se indiquen en el contrato. Da derecho al acreditado a hacer disposiciones antes de la fecha fijada para la liquidación, en reembolso parcial o total de las disposiciones que previamente hubiere hecho.

Este crédito ocasiona el pago de intereses únicamente sobre el monto que se haya utilizado y dependiendo del caso, también puede originar comisiones por su utilización o por seguros asociados, añadió.

 

 

Foto:Especial

Fuente: Crónica

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